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viernes, abril 26, 2024

Las sombras del fallo

El fallo del juez Richard Concepción Carhuancho, respecto a la prisión preventiva, contra OH y NH puede ser calificado como una acción valiente, independiente e histórica; sin embargo está poblado de sombras que podrían dar lugar a que la Sala lo revoque.

Iniciaré analizando los factores periféricos, contextualización de los hechos útiles para el debate. En primer término hay que precisar que la prisión preventiva es un recurso judicial que se utiliza en última instancia, por lo general se prefiere apelar a otras medidas cautelares, como la imposición de una fianza o incluso la determinación de un arresto domiciliario. Y esto es por la razón que hay una colisión entre dos intereses igualmente valiosos: por un lado, la defensa del principio de presunción de inocencia, por el cual nadie puede ser considerado ni tratado como culpable hasta que sea comprobada su responsabilidad; por el otro, la responsabilidad del Estado de cumplir su obligación de perseguir y castigar la comisión de hechos delictivos y la violación de valores jurídicos protegidos mediante la garantía de que el imputado estará presente durante el juicio en su contra, de que la investigación se llevará a cabo sin obstaculizaciones indebidas y de que aquellos que sean encontrados penalmente responsables cumplirán con la pena impuesta.

En segundo lugar la solicitud de prisión preventiva para Humala y Heredia, según la encuesta de Datun efectuada antes de conocerse el fallo del juez Richard Concepción, encontró que un 87% de la población estaba de acuerdo con el pedido formulado por el fiscal. Incluso ante la pregunta ¿cómo debía fallar el juez? el 79% recomendaba dictaminar la prisión y sólo el 19% opinaba seguir el juicio en libertad, por tanto, el ambiente en el que se desenvolvío la audiencia fue altamente popular y con una opinión pública muy faborable. Dudo que luego de fallo esta cifra se mantenga o se incremente, creo que los sentimientos encontrados han movido el tablero de la opinión pública.
Tercer y no menos relevante punto a considerar es ¿porqué el fiscal especializado en lavado de activos Germán Juárez Atoche renunció a interrogar al testigo Jorge Barata, a pesar de que el empresario brasileño Marcelo Odebrecht le había dicho que este conocía toda la información sobre los montos entregados a Keiko Fujimori y al partido aprista de Alan García, durante una reunión oficial celebrada el 15 de mayo en Curitiba, Brasil?, y lo que es peor aún, ¿porqué en lugar de buscar más información sobre las contribuciones de Odebrecht, el fiscal Germán Juárez, que precisamente investiga a Fuerza Popular y a Keiko Fujimori, el 7 de julio resolvió prescindir de la manifestación de Jorge Barata, el testigo más importante contra el partido fujimorista?, sin embargo cuatro días después de renunciar a interrogar a Barata, el fiscal Juárez solicitó prisión preventiva contra Ollanta Humala y Nadine Heredia, basándose, entre otra evidencia, en la declaración de Marcelo Odebrecht del 15 de mayo, en la que había expresado que no solo donó dinero al Partido Nacionalista Peruano sino también a Keiko Fujimori y al partido aprista.

Como cuarto aspecto tenemos la vinculación del Juez Richard Augusto Concepción Carhuancho con el fujimorismo y el aprismo, con el primer movimiento se conoce su postulación como candidato a Regidor de la provincia de Chanchamayo, de la región Junín en la lista del partido Convergencia Regional Descentralista – CONREDES, partido que fue fundado Vladimiro Huaroc Portocarrero quien acompañó a Keiko en la fórmula presidencial. Asimismo el Juez Richard Augusto Concepción Carhuancho tiene como su mano derecha y Especialista Judicial a Paola Esggilia Zelada Contreras, que asu vez tiene una relación cercana con el partido de la estrella, ella fue candidata con el número 1 por la Región San Martín en el 2016 acompañando a Aurelio Pastor Valdiviezo.

Hasta aquí los elementos periféricos y el contexto en el que dictó la prisión preventiva, en lo concerniente al análisis del fallo en sí, me ubico entre los que consideramos que esta prisión preventiva es un exceso y lo hago siendo un crítico de los Humala/Heredia, por el siemple hecho que no puedo unirme al coro de los que avalan injusticias, ¿que es eso de traer a colación para fundar una sentencia indicios de otros casos como si fueran hechos juzgados? eso simplemente es inadmisible y un lamentable adelanto de opinión.

Qué explicación legal puede tener el hecho de que sin juicio ni condena un juez dicte prisión preventiva sólo tomando como basamento el viaje de las hijas de los investigados a EE.UU, o que los tuits de Nadine hayan buscado supuestamente colocarlo como perseguida política, esto es puro subjetivismo; ¿Qué es eso de que existe peligro de obstaculización porqué se hizo un anticipo de herencia de un inmueble adquirido antes de que sea Humala Presidente, ¿desde cuando los investigados no pueden hacer anticipos de herencia a favor de sus hijos? Esto puede ser sospechoso, malicioso pero no es ilegal y el derecho no se funda en sospechas, sino en certezas, no en pasiones, sino en la razón que genera convicción.

Finalmente la Sala evaluará y fallará. Por lo advertido considero que hay altas probabilidades que el fallo que este fallo sea revocado, lo que por supuesto no convertirá a Humala y Heredia en inocentes, menos en santos, el fiscal preparará su acusación y será en un juicio con todas las garantías en el que se determine -ante el cúmulo de evidencias- lo que esté ajustado a derecho y a ley.

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