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jueves, abril 18, 2024

SUNEDU señala que universidades deben atender bachillerato automático

EL BACHILLERATO AUTOMÁTICO NO NECESITA NORMA ADICIONAL Y DEBE ATENDERSE DE INMEDIATO.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) exhortó a las autoridades universitarias atender las solicitudes de bachillerato automático de estudiantes que terminaron sus estudios entre los años 2020 y 2021.

A través de un comunicado, la institución explicó que esta regla debe cumplirse según la Ley N° 31183, que incorpora la decimocuarta Disposición Complementaria Transitoria a la Ley N° 30220, Ley Universitaria que fue publicada el 2 de mayo del presente año en el Diario Oficial El Peruano

Añadió que esta norma entró en vigencia al día siguiente de su publicación, y es de carácter excepcional. Además, establece que los estudiantes universitarios que hayan aprobado sus estudios de pregrado durante los años 2020 y 2021 pueden acceder al grado de bachiller de manera automática.

La mencionada ley exonera a los estudiantes de los requisitos establecidos en el inciso 45.1 del artículo 45 de la Ley Universitaria, siendo estos: 1) la aprobación de un trabajo de investigación; y, 2) el conocimiento de un idioma extranjero.

“La Sunedu considera que no se requiere normatividad adicional para el efectivo cumplimiento de esta ley, por lo que las casas de estudio deberán atender las solicitudes que presenten los estudiantes desde la fecha de su entrada en vigencia”, se lee en la misiva.

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