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miércoles, abril 24, 2024

Exoneran al 100% del IGV a fertilizantes para impulsar la agricultura familiar

Con esta medida el Gobierno busca que se abaraten los costos de la actividad agrícola familiar, en beneficio de 2.2 millones de agricultores a nivel nacional.

A fin de abaratar los costos de la actividad agrícola familiar, el Gobierno reestructuro la lista de fertilizantes que quedan exonerados o incluidos en la aplicación del impuesto general a las ventas (IGV), según precisa el Decreto Supremo N° 342-EF, publicado hoy jueves en el Diario Oficial El Peruano.
Según la disposición, se ha modificado el Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto al Servicio Selectivo al Consumo.

Ocho partidas arancelarias están incluidas en la norma, que fueron propuestos por el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), que comprende 6 partidas arancelarias que representan en conjunto el 99% de las importaciones de este grupo de bienes, y otras dos que destacan por su potencial impacto sobre la productividad de los cultivos.

Han sido incluidos en la aplicación del IGV productos como sulfato de magnesio, sales dobles y mezclas entre si de sulfato de amonio y nitrato de amonio, para uso agrícola, nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa, con un contenido de nitrógeno total inferior o igual a 34.5% y densidad aparente superior a 0.85 g/ml (calidad fertilizante), sales dobles y mezclas entre sí de nitrato de calcio y nitrato de amonio, para uso agrícola, los demás abonos minerales o químicos nitrogenados, excepto las mezclas de nitrato de calcio con nitrato de magnesio, para uso agrícola; productos del Capítulo 31 en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg, para uso agrícola, los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y fósforo; excepto los que contengan nitratos y fosfatos, para uso agrícola y los demás abonos, para uso agrícola.

De igual manera se excluyen del pago del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo los productos referentes a superfosfatos con un contenido de pentóxido de difósforo (P205) inferior al 35% en peso y solo: cloruro de potasio, con un contenido de potasio, superior o igual a 22% pero inferior a 58% en peso, expresado en óxido de potasio (calidad fertilizante).

Al ser consultado al respecto sobre la exoneración de los productos indicados, Otto Chávez Oliveira director regional de Agricultura San Martín, manifestó que la medida impulsará al sector agrario y beneficiará a los agricultores, pues reducirá costos de producción y mejorará su productividad, lo que redundará en una mayor producción de alimentos y el incremento de ingresos de las familias de campo.

Además, dijo que la agricultura es una prioridad del gobierno regional de San Martín, y que el principal interés del gobernador Pedro Bogarín Vargas es que los pequeños productores se beneficien con este tipo de medidas para mejorar su calidad de vida y tengan más dinero en sus bolsillos.

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