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viernes, abril 19, 2024

Protocolo de Actuación Conjunta entre los CEM y EESS. Restituir derechos a niñas afectadas por violencia sexual y embarazo infantil forzado

¿Conoces a Camila, sabes su historia? Camila es una niña peruana que quedó embarazada a los 13 años, producto de la violación sexual de su padre, desde que tenía 9 años. Su madre solicitó un aborto terapéutico por los riesgos que corría su salud, pedido que no fue atendido; luego tuvo un aborto espontáneo por lo que tuvo que enfrentar un proceso judicial iniciado por la Fiscalía que la acusó de “autoaborto”.

Cuántas niñas Camila habrán en nuestra región que sufren abuso sexual, embarazo y maternidad infantil forzado  y la desatención del Estado que no las protege, que no vela por sus derechos, ni por el interés superior de la niña y el niño.

¿Cómo se puede restituir los derechos a Camila y a todas las niñas peruanas que sufren estas agresiones? Hay muchas maneras, muchas formas de hacerlo desde las familias, las comunidades, iglesias, instituciones policiales, las escuelas, salud, los medios de comunicación, desde los poderes  Judicial, Legislativo, Ejecutivo.

Y aquí, en esta acción que le corresponde al Estado, hay un instrumento que es necesario conocer aprobado y publicado en abril del 2019, es el Protocolo de Actuación Conjunta entre los Centros Emergencia Mujer – CEM y los Establecimientos de Salud EESS para la Atención de las personas víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y personas afectadas por la violencia sexual. Este Protocolo está enmarcado en la Ley #30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, en la Convención de Belem do Pará, para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer y en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW).

¿Cuál es la finalidad del Protocolo? A  través de la articulación de los servicios sectoriales CEM- EESS, el Protocolo tiene como finalidad “contribuir al bienestar de la población objetivo”, contribuir al acceso a la justicia, dar atención, cuidado integral, rehabilitación, recuperación, protección y prevención de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y las personas afectadas por la violencia sexual. Todos ellos derechos que el Estado debe garantizar mediante el cumplimiento del Protocolo.

Además establece la ruta de atención que deben seguir los servidores del CEM y los EESS en casos de víctimas de violación sexual, los servidores públicos deben conocerlas y seguirlas, bajo responsabilidad.

En el caso de los CEM,” la persona víctima de violación sexual debe ser trasladada al Instituto de Medicina Legal o atendida en un Establecimiento de Salud para la inmediata práctica de un examen médico y psicológico completo. Debe informarle de su derecho a atención integral, a la aplicación del kit de atención de emergencia en los casos de violencia sexual que incluye la anticoncepción oral de emergencia AOE y antirretrovirales. En el caso de embarazo producto de violación sexual debe informársele de su derecho a ser evaluada por un EESS para que se determine si este pone en riesgo su vida o genera un riesgo en su salud grave o permanente. Garantiza la adecuada referencia a un EESS para detección de infecciones de transmisión sexual y la administración del kit de violencia sexual”. (Protocolo de Actuación Conjunta CEM-EESS, Versión Amigable, MINSA; MIMP).

Los EESS aplicando la Guía Técnica correspondiente., deberá proceder a un registro adecuado de la historia clínica de todo lo observado a fin de preservar las pruebas. Deben brindar a la víctima atención médica y psicológica de forma continuada si así se requiere para la mejora del bienestar de la persona afectada. El examen médico y sicológico debe evitar procedimientos invasivos y revictimizadores y ser idóneo al tipo de violencia denunciada por la víctima”. (Protocolo de Actuación Conjunta CEM-EESS, Versión Amigable, MINSA; MIMP).

No es poca cosa lo que está en juego, es la salud mental, la salud física de todas las víctimas, la salud de toda la sociedad y los derechos humanos de todas y todos.

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