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jueves, abril 25, 2024

Defensoría del Pueblo exhorta la Municipalidad de Moyobamba: “Realizar operativos, adoptar medidas correctivas frente a los traspasos o sub arriendos no autorizados en el mercado central.

Ante las denuncias de ciudadanos de Moyobamba la que han sido recogidas y publicados en este medio, la Defensoría de Pueblo ha tomado conocimiento y enviado un documento oficial a la Municipalidad de Moyobamba.

La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucionalmente autónomo que se encuentra facultado para velar por los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad; así como, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y adecuada prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.

VOCES dialogó con la Doctora Janet Álvarez quien tiene a su cargo la Jefatura de la Oficina Defensorial de San Martín quien hizo un análisis detallado sobre el caso:

– La Defensoría del Pueblo es una institución que defiende los derechos y supervisa la labor del estado, en esa línea también los casos que se presentan en los medios de comunicación, en ese sentido y a raíz de la información publicada en el Diario Voces, la Defensoría tomó de oficio el caso y realizo una entrevista al gerente de fiscalización de la Municipalidad el abogado Julio Rubio quien manifestó que tenía conocimiento del caso, que viene reuniendo la documentación para que pueda intervenir en la calle que conduce al barranco “Mamá Sofi”; espacio que fue entregado de manera provisional, sin embargo, algunos malos comerciantes pretenden adueñarse, situación que no es de ahora, estos hechos se han alertado desde hace buen tiempo.

– Hemos emitido el oficio Número 168-2020 recomendando al señor alcalde disponer en el marco de sus competencias la inmediata intervención de los funcionarios de la Municipalidad de Moyobamba y se adopten las medidas necesarias, (…) que se evalúe la intervención y se realice operativos permanentes en el mercado y la jurisdicción, determinar la situación de los comerciantes y se adopte las medidas correctivas frente a los traspasos o sub arriendos no autorizados.

– Si bien esto se hizo en la gestión anterior, tienen que entender que hay documentación de aquel momento y la administración era de manera provisional (…) se requiere que el gobierno municipal actúe en el marco legal a la par de una investigación administrativa para determinar insitu la responsabilidad de los servidores o funcionarios que resulten responsables.

“La defensoría actúa dentro de la magistratura de la persuasión, está facultado para recordar, sugerir y recomendar a la autoridad para que realice acciones en el marco de la ley, en esa línea. (…) Que la autoridad edil nos conteste y no señale las acciones se han realiza”

Amparado en estas consideraciones, la Oficina Defensorial San Martín, queda a la espera que la autoridad edil responda y señale las acciones que realiza. Señala la Doctora Álvarez.
Resumen:
Defensoría del Pueblo de San Martín procedió a remitir el Oficio Nº168-2020-DP/OD-SMAR dirigido al alcalde Gástelo Huamán Chinchay de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, mediante el cual se hace extensivo el presente hecho materia de queja, asimismo de conformidad con el artículo 161° de la Constitución Política concordante con el artículo 26° de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, se recomendó:

1. DISPONER en el marco de sus competencias, la inmediata intervención de los servidores y funcionarios de la Gerencia de Fiscalización de la Municipalidad Provincial de Moyobamba y se adopten las medidas necesarias a fin de cesar los hechos descritos en el presente documento, debiendo proceder el personal competente con la debida observancia y cumplimiento de sus funciones establecidas en la normativa interna de su Entidad.

2. SE EVALÚE estrategias de intervención y se realicen operativos permanentes en los mercados de la jurisdicción de Moyobamba a fin de verificar si se cumplen con las medidas sanitarias dispuestas en el contexto del estado de emergencia por COVID-19, en coordinación con la PNP, articulación que servirá para evitar contagios y se asegure el cumplimiento de las medidas establecidas en el estado de emergencia.
3. DETERMINAR la situación de los comerciantes asentados en el terreno que corresponde a la berma de la calle que conduce a la prolongación del Jirón Serafín Filomeno o zona conocida como el ex Barranco Mama Shofi – inmediaciones de la Plazuela Amor y Paz y adoptar medidas correctivas frente a posibles traspasos o sub arriendos no autorizados.

4. DISPONER el inicio de una investigación administrativa de oficio que tenga como fin determinar si existe responsabilidad de servidores y/o funcionarios que resulten responsables, por la presunta denuncia realizada en el diario Voces, quienes refieren que en este caso se encontrarían involucrados varios comerciantes que ahora laboran en la Municipalidad Provincial de Moyobamba y que supuestamente estarían motivando para que las autoridades no actúen con contundencia y liberen la zona ocupada.

5. EXHORTAR al personal de fiscalización al cumplimiento de sus funciones establecidas en el ROF de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, a fin de no incurrir en faltas descritas en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; sin perjuicio de lo establecido en el artículo 91° del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2014-PCM.”.

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