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viernes, abril 19, 2024

Para entender y comprender: Estado de Emergencia continúa

El gobierno extendió el estado de emergencia por 30 días a partir del martes 1 de septiembre.
No se permitirá que los niños menores de 14 años salgan por ningún período de tiempo, y los adultos mayores de 65 años a más edad deben permanecer adentro excepto cuando sea absolutamente necesario.

No se permiten reuniones sociales de ningún tipo, incluso en el hogar con la familia.

El toque de queda de 10:00 pm a 4:00 am de lunes a sábado y la cuarentena de todo el día el domingo permanecen vigentes.

Limite su tiempo al aire libre, lleve consigo su identificación y teléfono, y recuerde que el uso de una mascarilla es obligatorio en público.

El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

Artículo 5.- De la Protección de niños, niñas y adolescentes menores de 14 años

Ratifíquese lo señalado en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM y artículo 5 del Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM; durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional respecto a los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años que deben permanecer en su domicilio.

Artículo 6.- Personas en grupo de riesgo para COVID-19

Ratifíquese que de conformidad con lo señalado en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, y el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y los que presenten comorbilidades, de acuerdo a lo señalado por la Autoridad Sanitaria Nacional, no pueden salir de su domicilio, y, excepcionalmente, lo podrán hacer conforme lo señalado en las citadas normas y no deben recibir visitas en su domicilio debiendo evitar el contacto físico con las personas que se desplazan fuera del domicilio.

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