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viernes, abril 26, 2024

CTS : Lo que debes saber sobre el depósito de este 15 de noviembre

El siguiente viernes unos 3 millones de trabajadores en el país recibirán el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

¿Quieres retirar tu CTS?: No será necesario la constancia de cese
Esta quincena vence el plazo para que los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa depositen la Compensación por Tiempo de Servicios a sus trabajadores, con contrato indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial y colaboradores socios de cooperativas. Este depósito se realiza dos veces durante el año, en mayo y noviembre.

Beneficio laboral
Gozan de este beneficio los trabajadores de la actividad privada que cumplan una jornada mínima diaria de cuatro horas. El abogado del Estudio Torres y Torres Lara, Juan Carlos Benavente, explica cuál es el fin de la CTS.

“La CTS es un beneficio social que buscó en sus orígenes servir de una suerte de seguro personal contra el desempleo que se podría producir al cese de una determinada relación laboral”, comentó Benavente.

Las trabajadoras del hogar tienen derecho a recibir 15 días de remuneración por cada año laborado, los empleados agrarios la reciben dentro de su sueldo mensual, y los obreros de construcción civil perciben el 15% del total de sus jornales básicos percibidos durante la prestación de los servicios. Los empleados de las pequeñas empresas reciben 15 salarios diarios por año completo de labores.

Cálculo y retiro
Brian Ávalos, laboralista del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, detalla que el monto de la CTS equivale a un poco más de medio sueldo y explica que para el cálculo se considera el descanso vacacional o por enfermedad, licencia por maternidad y paternidad, las horas extras y los días de huelga que no hayan sido calificados como ilegales.

“Para el cálculo de la CTS se determina en base a dos factores, a la última remuneración que has tenido al 31 de octubre y al tiempo que has prestado servicios”, dijo Ávalos.

César Puntriano, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, indicó que, aunque lo más recomendable es no hacerlo, los trabajadores pueden retirar el 100 por ciento de su CTS que exceda a cuatro sueldos que son intocables, salvo por motivo de cese del trabajador.

“Sobre el retiro de la CTS, si por ejemplo el trabajador gana 1,000 soles, unos 4,000 soles serán intangibles, por encima de ese monto puede disponer lo que quiera y si el trabajador recibe comisiones, hay que tomar el promedio de los últimos seis meses”, aseveró Puntriano.

Ahora si deseas mover tu CTS a otra entidad financiera que te pague más intereses por tu depósito. Primero debes enviar una solicitud a tu empleador, la empresa debe informar tu decisión al banco y en menos de un mes tu fondo deberá estar depositado en la institución que elegiste.

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