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viernes, abril 19, 2024

SUNAT: Fijan nuevas pautas para la suspensión de retenciones

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Los trabajadores independientes que generen rentas de cuarta categoría o de cuarta y quinta categoría, que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los 3,062 soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del impuesto a la renta (IR) durante el 2019.

Así lo acordó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), al aprobar la Resolución de Superintendencia N° 297-2018/Sunat, que fija nuevas pautas para la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta el próximo año.

Por tanto, los referidos contribuyentes podrán solicitar ante la Sunat la suspensión de retenciones y pagos a cuenta del impuesto a la renta durante el 2019, siempre que los ingresos proyectados no superen los 36,750 soles, agrega la norma.

Mientras que, si la proyección referida supera el monto antes señalado, el contribuyente deberá permitir la retención del 8% (en caso el recibo por honorario supere los 1,500 soles) consignando el importe a retener.

Para presentar la solicitud de suspensión de retenciones y pagos a cuenta, el contribuyente deberá ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) y acceder con su Clave SOL a Sunat Operaciones en Línea, módulo donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609.

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