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martes, abril 23, 2024

El Área de Conservación Regional “Cordillera Escalera”

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La región San Martin cuenta con un área geográfica, que posee una gran diversidad biológica, además de una gran riqueza paisajística donde resaltaban diversas cataratas de singular belleza como el Ahuashiyacu, Lágrimas de la Novia, Huacamaillo, Turuntunumba y Shanusi; aguas termales como las de San José; y restos arqueológicos como los Petroglifos de Polish, encontrándose rodeada por poblaciones indígenas, quechuas lamistas, challahuitas, mestizas y colonas; tal cual ha sido reconocido mediante Decreto Supremo No. 045-2005-AG que establece el Área de Conservación Regional “Cordillera Escalera”, la misma que se encuentra en una superficie de ciento cuarenta y nueve mil ochocientos setenta hectáreas (149 870,00 ha.) ubicada en los distritos de Pinto Recodo, San Roque de Cumbaza, Caynarachi y Barranquita, pertenecientes a la provincia de Lamas; y los distritos de San Antonio, Tarapoto, la Banda de Schilcayo, Shapaja y Chazuta, pertenecientes a la provincia de San Martín, Región San Martín, que comprende una muestra significativa de los bosques nublados montanos tropicales típicos del norte del Perú.

Constitucionalmente, es derecho de toda persona el gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida, siendo el rol estatal determinar la política nacional para la defensa de nuestro medio ambiente, promoviendo el uso sostenible de los recursos naturales, promover la conservación de la diversidad biológica y las aéreas naturales protegidas; la Ley General del Ambiente LEY Nº 28611, preceptúa en su Titulo Preliminar el derecho irrenunciable de toda persona a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país.

Es innegable, que pese al reconocimiento por parte del Estado de las Áreas de Conservación Regional, estas sufran la lesividad de distintas actividades humanas que las ponen en peligro, ante ello, los modelos dentro de la políticas medio ambientales han ido evolucionando; según el Informe del Grupo de Expertos sobre el principio precautorio de la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST), Paris del 25 de marzo de 2005, citado en la Casación Nº389-2014 San Martín, a nivel internacional se dieron tres etapas o modelos dentro de las políticas medioambientales a nivel internacional: 1.- El Modelo Curativo- “El que contamina Paga”, dado el crecimiento de la población y los grandes avances de la industrialización, el medio ambiente dejo de estar en condiciones de curarse a sí mismo; necesitando, la ayuda para reparar los daños que le infligían las actividades humanas (tala de árboles minería etc.). por razones de equidad y viabilidad, los gobiernos procuran repartir los costos económicos de esa intervención exigiendo que los que contaminaban sufragaran el gasto que suponía la contaminación. 2.- Modelo Preventivo, “Más vale prevenir que lamentar”: entendiendo que el modelo curativo solo resultaba eficiente al estar acompañado de un modelo preventivo, se marco una nueva etapa que busca la protección del medio ambiente, la característica principal de esta nueva etapa es la idea de que la ciencia es capaz de evaluar y cuantificar los riesgos con precisión, y de que era posible utilizar el principio de prevención para eliminar o disminuir los daños futuros. 3.- El Modelo precautorio, este tercer modelo surge por la necesidad de proteger al ser humano y a la naturaleza de riesgos inciertos resultantes de la acción del hombre. El nacimiento del Principio Precautorio marco el paso de un control de riesgos posteriores al daño (responsabilidad civil como instrumento curativo) al nivel de control anterior al daño (medidas preventivas); Ley General del Ambiente LEY Nº 28611, recoge en su Titulo Preliminar, el Principio de Prevención, y el Principio Precautorio.

La casación Nº389-2014 – San Martín, dilucida respecto el Principio Precautorio -por el cual, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente- rige en el ámbito ambiental; por lo que no existe conflicto o ambigüedad entre este y el Principio Indubeo Pro Reo –por el cual en caso de duda se favorece al reo o al imputado- el cual rige en el Derecho Penal. Cabe comentar, que ello no debe confundirse, con lo que de manera clara nos relata el jurista Ramiro Salinas Siccha, en su libro Delitos Contra el Patrimonio, en el que señala: ”…el intérprete del derecho penal de modo alguno puede desvincularse del significado de los términos jurídicos utilizados por la normatividad extrapenal, ello por dos razones: primero, porque el Derecho Penal solo busca dar mayor protección a las instituciones previstas en la ley civil o mercantil, de ninguna manera busca crear nuevas instituciones ni menos distorsionarlas; y segundo, porque si el interprete busca o intenta construir un sistema jurídico nacional con coherencia interna, no le queda otra alternativa que sujetarse a los mismos significados de los términos que hace uso el derecho extra penal”.

La defensa de la persona humana y el respeto de de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, conforme se encuentra consagrado en el artículo primero de nuestra constitución, en contubernio con dicho precepto constitucional se encuentra nuestro derecho recogido en la Ley General del Ambiente, a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, sin embargo, no es el Estado el único, que tiene el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental, y proteger nuestro medio ambiente, y sus componentes, sino cada uno de nosotros, el cumplimiento de dicho deber compromete la salud de las personas en forma individual y colectiva, debemos cuidar de la diversidad biológica, comenzando por la Cordillera Escalera, ubicada en la región donde vivimos, de esa manera contribuiremos al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país.

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